

La Directiva 2006/24/CE sobre conservación de datos del tráfico en las comunicaciones electrónicas: seguridad v. privacidad
Mònica Vilasau Solana (mvilasau@uoc.edu)
Profesora de Derecho civil de la UOC
La Directiva 2006/24/CE sobre la conservación de datos del tráfico en las comunicaciones electrónicas comporta un profundo cambio de los principios básicos de la protección de datos personales. Los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas deben conservar los datos que permitan identificar el origen, el destino, la fecha, hora y duración de una comunicación electrónica, el tipo de comunicación realizada, el equipo utilizado y la localización de dicho equipo.
Con ello se pretende garantizar que los datos estén disponibles con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de delitos graves. Se concede a los Estados amplias facultades de control que han sido ampliamente criticadas por las instancias que velan por la adecuada protección de datos personales ya que supone contravenir los principios hasta el momento asentados. Además, la redacción de la Directiva contiene una serie de imprecisiones que la hacen aún más criticable: indeterminación de los delitos que permitirán usar los datos, insuficiencia de las medidas de seguridad establecidas, indefinición del procedimiento para tener acceso a los datos y finalmente, silencio respecto a quién soportará los costes que comportan las medidas a adoptar.
Nos hallamos ante un instrumento que en aras de la seguridad sacrifica la privacidad de los ciudadanos sin que de entrada exista ningún indicio que permita sospechar de ellos.
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Protección de datos
Fecha de publicación: octubre de 2006

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