4/8/16 · Estudios de Derecho y Ciencia Política

«Varias razones pueden provocar que una empresa sea reticente a vender en línea en el extranjero»

Hugh Beale ,

Internet y las tecnologías de la información y la comunicación avanzan imparables y eso es positivo, pero también genera controversias legales y muchas preguntas, especialmente cuando hablamos de espacios comunes, como es el caso de la Unión Europea. Hugh Beale, catedrático de Derecho de la Universidad de Warwick y profesor visitante e investigador del Harris Manchester College (Oxford), fue miembro del grupo de trabajo del área de Ley Contractual de la Comisión Europea y es uno de los máximos expertos sobre derecho contractual a escala europea. Los días 7 y 8 de julio visitó Barcelona, invitado como ponente en el Congreso Internet, Derecho y Política (Congreso IDP) 2016, Building a European Digital Space, organizado por la UOC, para hablar del futuro del derecho contractual europeo y de las propuestas recientes de la directiva de la Comisión Europea sobre contenido digital y ventas en línea.

Internet y las tecnologías de la información y la comunicación avanzan imparables y eso es positivo, pero también genera controversias legales y muchas preguntas, especialmente cuando hablamos de espacios comunes, como es el caso de la Unión Europea. Hugh Beale, catedrático de Derecho de la Universidad de Warwick y profesor visitante e investigador del Harris Manchester College (Oxford), fue miembro del grupo de trabajo del área de Ley Contractual de la Comisión Europea y es uno de los máximos expertos sobre derecho contractual a escala europea. Los días 7 y 8 de julio visitó Barcelona, invitado como ponente en el Congreso Internet, Derecho y Política (Congreso IDP) 2016, Building a European Digital Space, organizado por la UOC, para hablar del futuro del derecho contractual europeo y de las propuestas recientes de la directiva de la Comisión Europea sobre contenido digital y ventas en línea.

En diciembre de 2015, la Comisión Europea lanzó un paquete de medidas para construir un mercado digital único. ¿En qué consiste esto?

La idea es intentar asegurar que en toda Europa los productos digitales estén disponibles para los consumidores en los mismos términos, sin discriminación por razón del país de origen, y hacer posible que si un consumidor compra un producto digital, lo pueda utilizar sin ningún cargo extra en cualquier territorio dentro de la Unión Europea (UE). Ahora mismo, esto no es así. Para que nos hagamos una idea, la situación tiene mucho que ver con lo que ha estado pasando con las compañías de telefonía móvil, un terreno en el que ahora estamos consiguiendo que no haya ningún recargo por utilizar el móvil en el extranjero.

¿Cuáles son las propuestas de la Comisión Europea en cuanto a la ley de contratación?

Hay dos propuestas: una tiene que ver con el contenido digital, y la otra, con las ventas en línea. La primera hace referencia, por ejemplo, a temas como la descarga de música de internet. Dentro de la mayoría de Estados miembros de la UE, no está claro qué ley aplicar en este caso. No se trata de un bien tangible –no es un DVD, por ejemplo– y no te conviertes en propietario de la música: solo la puedes escuchar. Entonces, ¿qué tipo de contracto es éste? Nadie tiene clara la definición; por eso, muchas personas son favorables a la idea de tener una directiva europea armonizada que proteja los derechos del consumidor en este caso.

¿Y en cuanto a las ventas en línea?

Esto ya es más polémico, porque significaría reducir los derechos de los consumidores dentro de algunos países que ya tienen leyes que regulan este tema, a diferencia de lo que ocurre con el contenido digital. Por ejemplo, si un consumidor británico compra un producto en línea y el objeto o el aparato que le llega es defectuoso, tiene derecho a que se le devuelva el dinero inmediatamente. Pero en España, por lo que tengo entendido, el consumidor solo tiene derecho a pedir la reparación o la sustitución del producto. Así que tendrá que esperar primero a que le vuelva a llegar el producto reparado y, si todavía no cumple las condiciones requeridas, entonces podrá pedir que le devuelvan el dinero. Con la propuesta de armonización máxima de las leyes sobre ventas en línea, el consumidor europeo solo tendría el derecho de reparación o sustitución, no el de reembolso inmediato. Además, esto solo se aplicaría a las ventas en línea, y por lo tanto significaría que los comerciantes tendrían una ley para ventas en línea y otra para ventas presenciales. Qué lío, ¿verdad? De modo que esta segunda propuesta es más problemática y parece que la Comisión la dejará de lado, por el momento, para centrarse en la primera, la de contenido digital.

Hablamos, por ejemplo, de Amazon: es una empresa estadounidense, pero pongamos que fuera británica. ¿Qué ley se aplicaría cuando vende productos en España?

Actualmente, cada país tiene su propia ley de consumidores, aunque hay unos estándares mínimos europeos que todos han de cumplir. Así pues, cada país puede dar a los consumidores unos derechos adicionales, y esto es bueno para los consumidores, pero puede significar un problema para los comerciantes.

¿Por qué?

Supongamos que el comerciante opera dentro de España o que su página web se dirige el mercado español, como el caso de Amazon que planteabas. El consumidor español que compre a este comerciante estará amparado por la ley española. Así, el comerciante deberá conocer la ley de cada región donde vende y esto es complicado y caro, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas. Por tanto, la idea es intentar armonizar las leyes para hacerlo todo más sencillo. Es lo que llamamos plena armonización o armonización máxima. Con ello se pretende aumentar el comercio en línea transfronterizo.

¿Qué implica este problema, que hace que muchas empresas tengan miedo de vender fuera de su país y que muchos consumidores no quieran comprar en línea en el extranjero?

Puede haber muchas razones que pueden provocar que una empresa sea reticente a vender en línea en el extranjero. Puede que dude de cómo se le pagará, o de cómo hacer llegar el producto al cliente, porque algunas empresas de transporte aparentemente cobran un precio exagerado para hacer entregas en el extranjero. Puede ser, también, que no esté segura de si infringe las normas de copyright cuando vende fuera de su país; por ejemplo, si intenta vender un libro electrónico o una película o música, puede ser que solo tenga permiso para venderlos en determinados países.

¿Es lo que se denomina geobloqueo?

Sí. Ahora la Comisión también quiere reducir el alcance de este fenómeno, pero existen argumentos para afirmar que un cierto grado de geobloqueo es necesario, porque todavía no tenemos leyes armonizadas de propiedad intelectual. Esta no es mi especialidad dentro del derecho, pero ayer aprendí en el Congreso lo complicada que es la ley en esta área, y que todavía está muy lejos de ser uniforme en toda la UE. Así pues, si la ley de derechos de autor es diferente en cada país, el geobloqueo puede ser necesario para impedir que haya infracciones en los derechos de propiedad intelectual.

Recientemente se ha dado un caso llamado «virus policial», en el que algunos hackers enviaban correos electrónicos como si fueran de la policía, en los que decían a la gente que debían pagar una multa de 100 € por haber visitado páginas web ilegales. Así robaron un millón de euros en 30 países diferentes de la UE. Las fuerzas de seguridad de cada país implicado, trabajando con Europol, consiguieron resolver el caso. ¿No sería más fácil si tuviéramos una única ley europea al respecto?

Sería útil tener un estándar europeo para el fraude de internet, pero naturalmente hay tantos tipos de fraude de internet, que es difícil. Por otra parte, lo que tenemos que hacer es educar al público de manera que no sea fácil que caiga en estas trampas.

Como consumidores, ¿tenemos maneras de defendernos del fraude de internet?

En mi país, el Reino Unido, hay algunas. Por ejemplo, si pagas en línea con una tarjeta de crédito, puedes pedir a la empresa de la tarjeta de crédito que te devuelva el dinero, y entonces será la empresa de la tarjeta de crédito la que deberá perseguir el defraudador. Esto es una protección muy buena, es una especie de seguro de compra. Siempre he pensado que sería bueno tener esta medida como estándar europeo.

El Dáesh utiliza a menudo internet para extender su mensaje. ¿Tenemos legislación europea para prohibir este tipo de cosas o cada país tiene su legislación propia?

Creo que es un tema realmente muy complicado por culpa de la libertad de expresión o gracias a esta. Evidentemente, no queremos los vídeos del Dáesh en internet, pero definir qué se permite y qué debería prohibirse es muy difícil sin pisar la libertad de expresión. En la mayoría de países existe un sistema para hacer que los proveedores de internet eliminen contenidos inaceptables, como la pornografía infantil, por ejemplo, y necesitamos cooperación en estos temas, pero muchas veces son contenidos que provienen de países de fuera de la UE y, por tanto, son difíciles de controlar. Ciertamente, reconozco que hay mucho material que debería borrarse de internet, pero me preocupa crear una legislación que podría interferir en la libertad de expresión o restringirla excesivamente.

Estoy hablando de normativas europeas con un británico, pero con el Brexit, posiblemente dentro de no mucho ustedes ya no tendrán que preocuparse de estas cosas...

Estoy muy enfadado y avergonzado con lo que ha hecho mi país. Pienso que los que lideraban la campaña de irse de la UE creían que podrían salir, es decir, que fundamentalmente no tendrían que cumplir la normativa de la libre circulación de las personas dentro de los Estados miembros, pero que a la vez se podrían mantener dentro del Espacio Económico Europeo (EEE). Pero si tú perteneces al EEE, debes aceptar la libre circulación de las personas. ¿Por qué la UE debería hacer, al respecto, una excepción con el Reino Unido? Entonces debería hacerlo con todos los países que lo pidieran.

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