Número 27 (noviembre de 2013)

Confianza traicionada

Ferran Lalueza

El Tribunal de Cuentas aprobó la semana pasada los informes relativos a la financiación de los partidos políticos durante los años 2009, 2010 y 2011. Mientras dichos informes son remitidos a las Cortes, tal como es preceptivo, el propio órgano fiscalizador ha avanzado sus conclusiones en un comunicado: una vez más, existen irregularidades en las donaciones privadas recibidas por los partidos y sus fundaciones.

Los partidos aún reciben donaciones "no identificadas" o identificadas de forma incompleta. Aún reciben donaciones sin constancia de que el órgano social competente de la entidad donante las haya aprobado. Aún reciben donaciones de personas jurídicas que tienen vínculos contractuales con la Administración pública. Aún reciben donaciones que no se ingresan en cuentas bancarias destinadas exclusivamente a este fin. Todas estas prácticas van contra la Ley, pero los partidos políticos las llevan a cabo.

 

En el caso de las fundaciones que se mueven en la órbita de las formaciones políticas, las irregularidades también están presentes en múltiples variantes: supuestos convenios de colaboración para enmascarar donaciones que superan el límite legal, aportaciones que no se ingresan en cuentas bancarias específicas (algunas fundaciones ni siquiera han creado cuentas destinadas exclusivamente al ingreso de donaciones pese a que la Ley así lo requiere) y también donaciones de personas jurídicas cuyos pertinentes representantes no las ha aprobado de forma fehaciente.

 

Las irregularidades en la financiación privada de los partidos políticos no es un tema baladí. De entrada, violenta la igualdad de oportunidades en la que se basa el juego democrático. También provoca exceso de gasto y otras ineficiencias económicas. Además, propicia que los donantes puedan obtener beneficios injustos a cambio de sus aportaciones (nada que ver con el lobbismo, que es una actividad comunicativa del todo legítima) y alienta la corrupción en todas sus formas: extorsión, soborno, favoritismo, nepotismo, clientelismo, uso abusivo de información privilegiada, conflicto de intereses, blanqueo de dinero, etc. (Argandoña, 2001).

 

Lamentablemente, de poco sirve la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. Y de poco ha de servir igualmente la Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre, que reforma la anterior. Los partidos y sus fundaciones las incumplen sistemáticamente en un alarde muy poco modélico. ¿Por qué lo hacen? Pues probablemente porque, en este ámbito, las irregularidades apenas generan sanciones.

 

Por un lado, el Tribunal de Cuentas no dispone de los recursos necesarios para fiscalizar a los partidos y a sus fundaciones, y no es difícil imaginar el motivo por el cual las fuerzas políticas representadas en las Cámaras no tienen interés alguno en proporcionarle tales recursos. Consecuentemente, los informes sobre la financiación de partidos y fundaciones suelen emitirse con años de retraso y con todas las irregularidades detectadas ya prescritas. Ha tenido que ser mediante una reasignación interna de sus recursos que, en fecha reciente, el Tribunal de Cuentas ha podido reforzar temporalmente su unidad dedicada a la fiscalización de los partidos incrementando en un 40% sus efectivos. Así, este 2013 ha sido capaz de ponerse al día en la aprobación de los informes pendientes: el correspondiente a 2008 se aprobó antes del verano; acaban de cerrarse los de 2009, 2010 y 2011, y se prevé la aprobación del de 2012 antes de acabar el año.

 

Por otro lado, la capacidad sancionadora de este órgano fiscalizador siempre ha sido muy endeble, por no decir nula. En apariencia, la antes mencionada reforma legislativa de 2012 debía remediar dicha debilidad, pero los expertos consideran que no ha sido así. Según el letrado del Tribunal de Cuentas Borja Carbajosa, "la nueva redacción sólo mejora el régimen sancionador vigente en algunos aspectos e introduce previsiones ciertamente inquietantes para la futura aplicación de este régimen" (2012: 224).

 

La impunidad legal, sin embargo, no conlleva impunidad social. En un contexto en el que los indicios de corrupción política están al orden del día, los estados contables de los partidos y de sus fundaciones deberían realizarse excediendo incluso los preceptos legales en lugar de incumpliéndolos. En un contexto en el que el ciudadano asiste al progresivo desmantelamiento del Estado del bienestar, la financiación de organizaciones que durante el trienio 2009-11 recibieron más de 850 millones de euros de dinero público debería ser muy pero que muy transparente. Y en un contexto en el que el sector bancario está empleando fondos públicos para sanearse, resulta cuando menos estéticamente objetable que la deuda que los partidos políticos tienen con las entidades financieras se haya incrementado desde los 218 a los 275 millones de euros en el período 2010-11.

 

Lo que da vida a un partido político no son las donaciones, ni las subvenciones, ni los créditos. Lo que realmente le da vida es la confianza de la ciudadanía. Los profesionales y estudiosos de las relaciones públicas sabemos que la confianza es un intangible que no tiene precio. Pero es evidente que algunos piensan que sí tiene un precio, puesto que venden sistemáticamente la que sus votantes les han otorgado.


Para saber más:

 

Argandoña, A. (2001). "La financiación de los partidos políticos y la corrupción en las empresas", en Papeles de Ética, Economía y Dirección, núm. 6, p. 1-20.

 

Carbajosa, B. (2012). "Transparencia y financiación de los partidos políticos", en Revista Española de Control Externo, vol. XIV, núm. 42, p. 199-232.

 

Cita recomendada

LALUEZA, Ferran. Confianza traicionada. COMeIN [en línea], noviembre 2013, núm. 27. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/c.n27.1375

comunicación política;  lobbismo;