Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno de la universidad.
 
Miembros:
- El rector o rectora.
- El gerente o gerenta.
- El secretario o secretaria general.
- Los vicerrectores y vicerrectoras.
- Los directores o directoras de estudios y escuelas.
- Un representante de los institutos, centros o unidades de investigación.
- Cuatro miembros del personal directivo de gestión, designados por el rector o rectora a propuesta del gerente o gerenta, entre los que debe haber necesariamente los vicegerentes o vicegerentas, si existe esta figura.
- Dos representantes del estudiantado.
- Dos representantes del personal docente e investigador.
- Dos representantes del personal de gestión.
 
Los representantes del personal docente e investigador y del personal de gestión son elegidos por el Consejo de Universidad entre sus miembros electos para cada uno de los colectivos. No pueden representar ninguna otra instancia de gobierno o de representación laboral de la universidad.
Los representantes del estudiantado son designados por el Consejo de Estudiantes entre sus miembros.
El Consejo de Gobierno toma los acuerdos por mayoría.
El Consejo de Gobierno puede constituir un consejo de dirección y las comisiones que considere, con la composición y funciones que acuerde.
 
Funciones:
- Aprobar el plan estratégico o de actuación de la universidad para que el Patronato, en su caso, lo ratifique.
- Aprobar los convenios que se formalicen con otras entidades públicas o privadas para que el Patronato, en su caso, los ratifique.
- Designar representantes de la universidad en otras instituciones para que el Patronato, en su caso, apruebe esta designación.
- Validar la propuesta de creación y dotación de centros, institutos o unidades de investigación, de formación especializada de posgrado y de doctorado, para que el Patronato, en su caso, la apruebe.
- Validar la propuesta del presupuesto y los balances de la Fundació para cada ejercicio económico, así como las memorias y los inventarios, para que el Patronato, en su caso, la apruebe.
- Validar los precios de las enseñanzas propias, de los servicios específicos y de apoyo al aprendizaje, de los materiales didácticos y de otros servicios académicos de carácter no docente, para que el Patronato, en su caso, los apruebe.
- Aprobar las líneas generales de funcionamiento de la universidad en los ámbitos docente y de investigación.
- Aprobar las normativas de carácter general de la universidad.
- Proponer las Normas de organización y funcionamiento de la universidad para que, en su caso, el Patronato las apruebe.
- Aprobar los planes de estudios, la programación docente y de investigación, el calendario académico y la propuesta de realización de nuevos estudios, definiendo los ámbitos de conocimiento.
- Aprobar las carreras profesionales de los colectivos académico y de gestión, estableciendo los niveles retributivos, las condiciones para participar en los procesos de selección del personal de la universidad y la definición de los criterios de evaluación del personal.
- Aprobar la memoria anual de la universidad.
- Realizar un seguimiento del rendimiento de la universidad.
- Ejercer cualquier otra función que le atribuyan las normas de la universidad.
 
Agenda: se reúne cada 2 meses.
Composición del Consejo de Gobierno