29/4/24 · Justicia

Excluir de los procesos de selección a las personas que están en el paro es ilegal

Así lo indica la investigación de un profesor de la UOC, que insta a empresas y servicios de ocupación a enmendar esta práctica
Diverse applicants waiting for their turn preparing for job interview

Personas esperando en una sala (Foto: Adobe Stock)

Según la última encuesta de población activa (EPA), a principios de 2024 más de 2.900.000 personas estaban en paro en España, un 35 % de las cuales desde hacía al menos un año. Todas ellas, y sobre todo las que llevan más tiempo sin trabajo, corren el riesgo de ser automáticamente descartadas en los procesos de selección de los servicios de empleo y de las empresas. Así lo afirma Antonio Fernández García, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), que advierte que se trata de una práctica ilegal a enmendar.

Fernández ha repasado estudios internacionales y estatales que indican que es habitual que se excluyan candidatos a un puesto de trabajo por el simple hecho de estar desempleados, especialmente si llevan más de medio año en paro. "Existe el estereotipo de que estas personas no servirán tanto para trabajar, sin tener en cuenta si han estado haciendo formación o si no trabajaban porque cuidaban a alguien", detalla.

Además de los informes que ha revisado, el profesor de la UOC ha comprobado de primera mano cómo varias empresas y portales de empleo aplicaban el filtro de estar en paro en sus softwares o sistemas de inteligencia artificial (IA) de selección, sin tener demasiada conciencia de la discriminación que esto puede suponer.

Considerando que esta situación atenta contra la dignidad de las personas, Fernández se ha sumergido en la legislación española para demostrar que se trata de una práctica ilegal y advertir así a administraciones, empresas y ciudadanos que debe eliminarse.

Todo esto le ha representado el reconocimiento de la comunidad jurídica y su investigación se ha publicado en el libro que recoge las comunicaciones de la última edición del congreso de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

 

Sin jurisprudencia al respecto

"Esto nunca se había planteado en el ámbito jurídico. Sí se sabe que mujeres, personas con discapacidad o personas de mayor edad tienen problemas para acceder al mercado de trabajo. Pero esta cualidad de estar parado no se había estudiado en el ámbito jurídico", explica el profesor e investigador del grupo TAXBUSINESS de la UOC.

Si bien es habitual entrar en litigio cuando una persona es despedida, no suele recurrirse a los tribunales para denunciar que se la ha discriminado en un proceso de selección. Así pues, no hay jurisprudencia respecto de esta cuestión, lo que motivó al experto a demostrar que excluir de estos procesos a personas que están en paro es ilegal.

Además de varios artículos de la Constitución española, indica Fernández, la aprobación de la Ley 15/2022 para la igualdad de trato y la no discriminación es clave en su argumentación, puesto que la norma, que se aplica de forma transversal, prohíbe la discriminación por razones socioeconómicas.

Asimismo, añade, descartar a las personas desempleadas de las bolsas de trabajo puede ser una forma de discriminación indirecta de los colectivos que más tienden a estar sin trabajo y, especialmente, en situación de paro de larga duración: "Se trata de las mujeres, las personas mayores de 45 o menores de 30 años, las personas con discapacidad, las personas sin hogar, las personas migradas o las personas trans", concreta.

 

Un perjuicio para todos

Tal y como remarca Fernández, estar en situación de paro y tener serias dificultades para salir adelante perjudica a la persona que lo sufre y también a su familia, no solo desde el punto de vista económico, sino también en lo que se refiere a la salud mental.

El investigador subraya la incoherencia que representa establecer políticas para fomentar la empleabilidad y, en paralelo, permitir que se produzca esta discriminación en los procesos de selección. "No es lógico que te gastes mucho dinero en formación y en subsidios a personas desempleadas y luego permitas que alguien que está en paro pueda ser excluido de los procesos de selección solo por estar sin trabajo", denuncia.

El profesor de la UOC propone que la Ley de empleo aprobada en 2023 incluya específicamente que estar en paro no puede ser una discriminación en la búsqueda de trabajo. Asimismo, anima a los servicios de empleo y a las empresas a revisar sus procesos selectivos y evitar las discriminaciones, e invita a entidades y sindicatos a tener en cuenta este aspecto a la hora de defender los derechos de la ciudadanía.

Esta investigación contribuye a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 1, fin de la pobreza, y 8, trabajo decente y crecimiento económico. 

Publicación de referencia

Fernández, A. El rechazo a las personas desempleadas de larga duración ¿una discriminación en el acceso al empleo por situación socioeconómica? Empleo y protección social. Comunicaciones del XXXIII Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (2024).  (pp. 393-410).

 

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Los más de 500 investigadores e investigadoras y más de 50 grupos de investigación se articulan en torno a los siete estudios de la UOC, un programa de investigación en aprendizaje en línea (e-learning research) y dos centros de investigación: el Internet Interdisciplinary Institute (IN3) y el eHealth Center (eHC).

La universidad impulsa, también, la innovación en el aprendizaje digital a través del eLearning Innovation Center (eLinC), y la transferencia de conocimiento y el emprendimiento de la comunidad UOC con la plataforma Hubbik.

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