9/7/26 · Economía

Supermercados con mesas: ¿un nuevo hábito de consumo o competencia desleal?

Los "mercaurantes" responden a una transformación del consumo urbano: más rápido, más hogares unipersonales y comida preparada barata y cómoda

Expertas de la UOC advierten de que la clave jurídica está en cuándo una zona de degustación deja de ser complementaria y funciona como restaurante
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Comprar una ensalada, una paella o una bandeja de comida preparada en el supermercado, calentarla en el microondas del propio establecimiento y sentarse a comer allí mismo ya no es una rareza. Cada vez más cadenas de gran distribución alimentaria incorporan espacios con mesas, cubiertos o zonas de consumo inmediato. La hostelería lo observa con inquietud: denuncia que algunos supermercados actúan en la práctica como restaurantes, pero con licencias, convenios laborales y obligaciones distintas. De hecho, la patronal Hostelería de España ya ha expresado su malestar y reclama igualdad de condiciones ante estos espacios.

Según los expertos de la UOC, el auge de estos llamados "mercaurantes" —una hibridación entre supermercado y restaurante— responde tanto a un cambio en los hábitos de consumo como a una nueva estrategia de negocio. Ana Isabel Jiménez-Zarco, profesora de los Estudios de Economía y Empresa de la UOC, experta en marketing e investigadora del grupo i2TIC, subraya que el fenómeno "va más allá del precio" y refleja una transformación de la vida urbana. Anna Ruiz, profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC y experta en derecho mercantil y competencia, advierte de que la frontera legal depende de si esa zona de consumo sigue siendo una actividad "complementaria" o empieza a operar como restauración.

El debate afecta al modelo de negocio de los supermercados, al futuro del menú del día y a la vida comercial de los barrios. Según el Informe del consumo alimentario en España 2024 del Ministerio de Agricultura, el supermercado representa el 67,2 % de los lugares de compra de alimentación y el gasto alimentario fuera del hogar alcanzó los 35.872 millones de euros en 2024.

Comida preparada y consumo urbano

Para Ana Isabel Jiménez-Zarco, el fenómeno no puede explicarse solo por el precio. Los platos preparados de supermercado son más económicos que un menú de restaurante, pero la clave está en una transformación más amplia de la vida urbana. "Todo va más allá del precio", señala. "Se trata de una transformación del consumo en la vida urbana". La AECOC señala que el 95 % de consumidores y consumidoras incluye platos preparados en sus compras.

Tradicionalmente, los supermercados vendían alimentos para llevar a casa y muchas empresas contaban con comedores propios. Hoy el esquema es más flexible: personas trabajadoras que llevan táper, oficinas con espacios para comer o consumidores y consumidoras que comen directamente en el supermercado. "Más allá de ofrecer el producto, también te ofrecen el servicio de dónde calentarlo y comértelo", explica Jiménez-Zarco. La idea no es nueva: IKEA lleva décadas integrando restaurantes en sus establecimientos como parte de la experiencia de compra.

En términos de marketing y experiencia del cliente, no se trata solo de vender comida, sino de adaptar el punto de venta a las necesidades del público consumidor. El supermercado ya no compite únicamente por llenar la despensa: compite por captar momentos concretos de consumo. La experta vincula este formato al aumento de hogares unipersonales, a las jornadas largas fuera de casa y a la falta de tiempo para cocinar. "Ha cambiado el modelo de familia. Hay mucha gente que vive en un hogar formado por una única persona, que compra a diario o que está directamente todo el día fuera de casa y no tiene tiempo de cocinar", sostiene la experta.

Desde el punto de vista empresarial, la lógica es clara: ofrecer valor adicional. No todas las cadenas tienen comida preparada ni habilitan espacios para comer. Incluso dentro de una misma empresa, como ocurre con Mercadona, la presencia de estas zonas depende de los metros cuadrados, la ubicación y el diseño de cada tienda. Es una capa más de servicio en el supermercado cotidiano, mucho más presente en el tejido comercial de barrio.

¿Es una amenaza directa para los restaurantes de barrio?

Jiménez-Zarco matiza. "En teoría, no", afirma, siempre que se mantenga como un autoservicio vinculado al producto adquirido. Para la experta, el competidor más próximo no sería tanto el restaurante tradicional como el táper llevado de casa, el bocadillo comprado deprisa o la ensalada preparada para comer en la oficina. "Es un poco la idea de: o te vas con el táper y te lo traes de casa, o compras el bocata o la ensalada preparada en el súper y te la comes en el trabajo o allí mismo", resume.

La diferencia está en la propuesta de valor. Un restaurante de barrio ofrece cocina, servicio, especialización, relación con la clientela y experiencia. Un supermercado con zona de consumo ofrece rapidez, precio y autoservicio. "No es un modelo de negocio que vaya a sustituir al restaurante de barrio", sostiene Jiménez-Zarco. "Aquí es simplemente: compro el producto, lo pago, voy al microondas y lo caliento". Eso no impide que pueda erosionar parte del negocio hostelero, sobre todo el menú del día en entornos de oficinas y zonas de paso. 

“No estamos ante una frontera nítida entre el supermercado con zona de degustación y el restaurante convencional, sino ante una escala de grises”

¿Competencia desleal o insuficiencia regulatoria?

Según Anna Ruiz, profesora de Derecho mercantil, el límite que separa un supermercado con platos preparados de un restaurante tradicional no depende de una única legislación aislada, sino que viene definido por un complejo entramado de normativas de ámbito estatal, autonómico y local.

La normativa clave en este escenario es el Real decreto 1021/2022, que estipula las condiciones higiénicas para el comercio minorista. Este decreto introduce el concepto de "zona de degustación", describiéndola como un espacio dentro del comercio minorista donde se permite a la clientela consumir los productos del propio establecimiento de manera accesoria.

Precisamente este matiz —el de actividad complementaria o accesoria— es el eje central de la cuestión. "Es esta delimitación jurídica la que ampara legalmente que las cadenas de supermercados puedan habilitar áreas con mesas, sillas, cubiertos o microondas", aclara Ruiz.

El marco legal español actual no impone una licencia específica de hostelería para disponer de una zona de degustación, siempre y cuando la venta de alimentos siga siendo el negocio principal y el consumo en el propio local actúe como un añadido secundario. Únicamente se exige que estos espacios cumplan con la normativa higiénica pertinente y que se notifique formalmente su apertura a la Administración para mantener un control previo.

A pesar de esto, la línea divisoria es difusa. "No nos encontramos ante una frontera nítida entre el súper con espacio de degustación y el restaurante convencional, sino más bien ante una escala de grises sujeta a múltiples variables", señala la jurista. Estas variables engloban desde la superficie del espacio o el tipo de equipamiento (como disponer de una cocina completa), hasta el servicio ofrecido, la existencia de una carta, la gestión de alérgenos, el volumen de clientela que acude exclusivamente a comer o la propia independencia financiera del área de restauración. Si este espacio de degustación crece en estructura y funcionamiento hasta mimetizarse con un restaurante, la actividad podría perder su carácter secundario y pasar a requerir una licencia hostelera en toda regla.

A la pregunta de si nos encontramos ante un caso de competencia desleal, Ruiz se muestra cautelosa. Sostiene que recurrir a la Ley 3/1991, de Competencia Desleal, plantea "obstáculos de gran calado". Aunque el sector de la hostelería tienda a aferrarse al artículo 15 de dicha ley (referente a la infracción de leyes), para que esta vía prospere se debe demostrar de forma inequívoca que se ha cometido una irregularidad legal. "Si los supermercados se mueven estrictamente dentro del marco normativo vigente, no existe la ilegalidad necesaria que permita activar los mecanismos de la Ley de Competencia Desleal", apunta. Asimismo, Ruiz descarta que se puedan aplicar otros artículos relacionados con el engaño o la ocultación de información (artículos 5 y 7), dado que no se dan las circunstancias requeridas para ello.

La valoración jurídica final es clara: el verdadero conflicto no nace de un vacío legal completo, sino de un desfase o una insuficiencia en la regulación actual. "La ley vigente no llegó a prever que estas zonas de degustación evolucionarían hasta convertirse en una fórmula de negocio masiva capaz de rivalizar directamente con los bares y restaurantes de menú", argumenta Ruiz. El marco actual tolera este modelo híbrido, pero sus categorías tradicionales se han quedado obsoletas ante la nueva dinámica del mercado.

Por este motivo, la experta sugiere que la estrategia más efectiva para el sector hostelero no pasa por la confrontación en los tribunales mediante demandas por competencia desleal, sino por ejercer presión política para lograr una actualización de las leyes. Dicha renovación normativa debería definir con exactitud el umbral en el que una zona de degustación deja de ser un complemento de la tienda, establecer la obligación de obtener una licencia de restauración a partir de baremos objetivos y unificar las exigencias en materias clave como la accesibilidad, la higiene, el control de alérgenos o la gestión del desperdicio de comida.

El conflicto revela una tensión de fondo: la economía cambia más rápido que las categorías administrativas. Para el público consumidor, el supermercado con mesas es una solución práctica. Para la distribución, una forma de fidelizar y capturar nuevos momentos de consumo. Para la hostelería, una amenaza para su clientela habitual. Y para el derecho, un recordatorio de que la palabra "complementario" puede convertirse en el centro de una batalla económica de primer orden.

Expertos UOC

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