Ayudas de matrícula para personas residentes en zonas rurales

Se convocan 200 becas destinadas a cubrir el 30% del importe de la matrículadurante el primer y segundo semestre del curso académico 2025-2026,  en conformidad con las bases de la convocatoria.

Plazo de solicitud abierto.

En caso de discrepancia, la información válida será la que conste en las bases de la convocatoria publicadas en el e-tablero de la UOC.

 

 
  1. Estas doscientas [200] becas se distribuyen en dos bloques de cien [100] ayudas cada uno:

    1. Cien [100] becas destinadas a personas que inician un programa formativo. Estas becas se distribuyen según la vía de acceso:

      • Treinta [30] becas: Personas con titulación universitaria 

      • Treinta [30] becas: Personas con la prueba de acceso PAU o EBAU 

      • Treinta [30] becas: Personas con un Ciclo Formativo de Grado Superior ( CFGS ) o una formación profesional de segundo grado ( FP2 )

      • Diez [10] becas: Personas con otras vías de acceso

    2. Cien [100] becas destinadas a personas que continúan cursando un programa formativo ya iniciado de Grado o Máster Universitario en la Universitat Oberta de Catalunya, es decir, que en este curso 2025-2026 se encuentran ya en el segundo semestre o sucesivos del programa que cursan.

A estas becas puede optar aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años o cumplirlos en el año en que se empieza a cursar el programa objeto de la ayuda.

  • Residir en una población con menos de 2.000 habitantes o de hasta 5.000 si está situada en una comarca con una densidad de población inferior a 100 hab./km2.

  • Tener la voluntad, expresada mediante una carta de motivación, de vincular la formación a su implicación con el mundo rural. 

  • Realizar la solicitud de la beca y presentar la documentación correspondiente.

  • Ser admitida en el programa para el cual se ha solicitado la beca.

  • Cumplir los requisitos legales de acceso y, si procede, admisión en el programa formativo objeto de las becas. La persona solicitante de la ayuda tiene que seguir en todo caso las especificaciones de la matrícula y cumplir con los requisitos de acceso al programa que quiere cursar con independencia de la solicitud de la ayuda y su resultado.

  • No tener aplicada ninguna sanción disciplinaria en el expediente académico durante todo el proceso de postulación y resolución de la beca.

  • No tener aplicada ninguna sanción por impago en el expediente académico durante todo el proceso de postulación y resolución de la beca.

Las personas beneficiarias sólo pueden aplicar la ayuda a un único programa formativo.

 

  1. El importe individual de la beca supondrá un descuento del treinta por ciento [30%] sobre el importe de la matrícula del programa que la persona beneficiaria quiera cursar dentro del periodo comprendido entre el primer y el segundo semestre del curso académico 2025-2026.

Esta bonificación no es aplicable al importe que debe abonarse en caso de segundas matrículas y posteriores de una misma asignatura, ni es acumulable a otros descuentos que la UOC haya acordado aplicar a determinados colectivos. Asimismo, esta bonificación sólo se aplica en el semestre objeto de las siguientes bases.

Las personas interesadas que quieran obtener alguna de las becas de matrícula convocadas en las bases tendrán que:

Cumplimentar en primer lugar el formulario de solicitud de beca de la UOC.

Siguiendo las instrucciones que se encontrarán en el mismo formulario, se debe adjuntar la documentación siguiente:

 

Para todas las solicitudes:

  • Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente según país de residencia y que acredite la residencia legal.
  • Certificado de empadronamiento o certificado de convivencia que acredite la residencia en zonas rurales en función del requisito establecido en el artículo 3.1.2.

  • Carta de motivación que exprese cómo se vincula la formación con la residencia en una zona rural (requisito 3.13). Puede acreditarse documentalmente el desarrollo de actividad económica, social o cultural en el mundo rural.

  • Declaración responsable de la trayectoria académica. Se adjunta el modelo en el Anexo I de esta convocatoria.

  • Solo en el caso de disponer, documentación acreditativa de situaciones de vulnerabilidad que se establecen como criterio de valoración (artículo 7.1.3)

    En el caso de las personas que inicien un programa formativo habrá que entregar: 

  • Documentación de acceso para acceder a los estudios solicitados. 

  • En el caso de disponer de titulación es necesario entregar la certificación académica personal, ya que se puntuará la nota obtenida.

·14 de julio de 2025: Fecha límite para postular en la beca

14 de julio de 2025: Fecha límite para entregar la documentación requerida.

18 de julio de 2025: Publicación del listado provisional de personas seleccionadas en el e-tablero de la sede electrónica de la UOC.

Del 19 al 20 de julio de 2025: Plazo de presentación de alegaciones.

24 de julio de 2025: Publicación del listado definitivo de personas seleccionadas en el e-tablero de la sede electrónica de la UOC.

Del 25 de julio al 31 de julio de 2025: Periodo para la formalización de la matrícula.

 

Los cursos de la UOC se realizan online.

La actividad docente tiene lugar en el Campus Virtual, un entorno virtual donde encontrará las aulas, su espacio personal y las herramientas necesarias para el estudio y la comunicación.

Para saber más sobre el modelo educativo consulta aquí.

 

Puede consultar las bases legales de la convocatoria en el e-tablero de la sede electrónica de la UOC, en el apartado Becas, ayudas y premios.

En caso de discrepancia, la información válida será la que conste en las bases de la convocatoria publicadas en el e-tablero de la UOC.

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