Miembros
- El rector o rectora.
- El gerente o gerenta.
- El secretario o secretaria general.
- Los vicerrectores y vicerrectoras.
- Los directores o directoras de estudios y escuelas.
- Un representante de los institutos, centros o unidades de investigación.
- Cuatro miembros del personal directivo de gestión, designados por el rector o rectora a propuesta del gerente o gerenta, entre los que debe haber necesariamente los vicegerentes o vicegerentas, si existe esta figura.
- Dos representantes del estudiantado.
- Dos representantes del personal docente e investigador.
- Dos representantes del personal de gestión.
Los representantes del personal docente e investigador y del personal de gestión son elegidos por el Consejo de Universidad entre sus miembros electos para cada uno de los colectivos. No pueden representar ninguna otra instancia de gobierno o de representación laboral de la universidad.
Los representantes del estudiantado son designados por el Consejo de Estudiantes entre sus miembros.
El Consejo de Gobierno toma los acuerdos por mayoría.
El Consejo de Gobierno puede constituir un consejo de dirección y las comisiones que considere, con la composición y funciones que acuerde.