Información para los investigadores e investigadoras internacionales

Para asegurar una incorporación fluida a la UOC y a tu nueva vida en Barcelona, te guiaremos a través de los trámites específicos para cada región de procedencia.

Ciudadanos de la Unión Europea (UE), EEE* y Suiza Ciudadanos Extracomunitarios (fuera de la UE/EEE/Suiza)

Si eres ciudadano comunitario, el proceso de entrada es directo, aunque te recomendamos preparar algunos detalles logísticos con antelación.


Trámites de entrada: No se requiere ningún visado ni autorización de trabajo previa para viajar a España.


Documentación obligatoria: Deberás viajar con tu pasaporte original o documento nacional de identidad en vigor.


Importante: Se recomienda que el pasaporte tenga una validez mínima de 6 meses en el momento de la entrada para garantizar una gestión fluida de trámites posteriores.


Gestión Bancaria y Finanzas:
IBAN Europeo: Aunque una cuenta bancaria con IBAN europeo es válida para recibir tu nómina, te recomendamos abrir una cuenta bancaria española tras tu llegada.


Disponer de una cuenta local facilita la domiciliación de suministros (luz, internet), el acceso a beneficios nacionales y el uso de Bizum (sistema de pago instantáneo entre particulares muy extendido en España).


Puedes explorar opciones de "cuentas para expats" que permiten una apertura rápida y adaptada a perfiles internacionales o abrirla una vez se obtenga el NIE ( (Número de Identificación de Extranjero)


*EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Si procedes de un país de fuera de la Unión Europea, el proceso consta de dos fases obligatorias antes de viajar.


1. Autorización de Residencia y Trabajo (UGE)


La Oficina de Movilidad Internacional de la UOC gestionará tu autorización bajo la Ley 14/2013 (Unidades de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos).


Plazo de resolución: Aproximadamente 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud.


2. Solicitud del Visado
Una vez aprobada la autorización anterior, deberás solicitar el visado en el Consulado o Embajada de España de tu país de residencia habitual.

Requisitos críticos de documentación: Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados (mediante la Apostilla de la Haya o vía diplomática) y traducidos al castellano por un traductor jurado oficial.

>> Buscador oficial de Traductores/Intérpretes Jurados << 

Documentación necesaria para el Consulado:

 

  • Pasaporte completo en vigor con una validez minima de 6 meses.
  • Certificado Médico: Documento que acredite que no padeces enfermedades con repercusiones graves para la salud pública (según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005).
  • Certificado de Antecedentes Penales: De los países donde hayas residido durante los últimos 5 años.
  • Autorización de residencia y trabajo.

 

Ciudadanos Extracomunitarios (fuera de la UE/EEE/Suiza)

Reagrupación Familiar Renovación de la autorización

En la UOC entendemos que el éxito de tu etapa investigadora depende también del bienestar de tu familia. Por ello, tus familiares directos (cónyuge o pareja de hecho e hijos dependientes) tienen derecho a solicitar su residencia para acompañarte en España.


Es imprescindible que informes a la Universidad antes de iniciar cualquier trámite si tienes intención de desplazarte con tu familia. Esto permite que la Oficina de Movilidad Internacional de la UOC inicie la solicitud de autorización de residencia de tus familiares de forma conjunta con la tuya.


Documentación Requerida
Vínculo Familiar: Certificado de matrimonio y/o certificados de nacimiento de los hijos e hijas.


Legalización y Traducción: Todos estos documentos deben estar debidamente legalizados (mediante la Apostilla de la Haya o vía diplomática, según el país de origen) y contar con una traducción jurada oficial al castellano.

Si eres profesor, investigador o personal técnico de apoyo a la investigación (extracomunitario) y tu estancia de trabajo debe prolongarse, tu autorización de residencia y trabajo debe ser renovada.


El trámite puede iniciarse 60 días antes de la fecha de caducidad de tu tarjeta actual.


Para tu tranquilidad, la UOC se encarga de efectuar este trámite de renovación directamente ante la oficina de extranjería.


Familiares: Las renovaciones de los familiares dependientes también pueden realizarse 60 días antes de su caducidad, y la UOC también puede gestionar este trámite de forma conjunta.